Decreto por el que se establece el oficio de Delegado diocesano de Protección de datos

escudo jose manuel lorca

Prot. S. nº 889/18

JOSÉ MANUEL LORCA PLANES, POR LA GRACIA DE DIOS Y DE LA SANTA SEDE APOSTÓLICA, OBISPO DE CARTAGENA EN ESPAÑA

El ordenamiento jurídico de la Iglesia reconoce el derecho de los fieles a la buena fama, a la intimidad y al respeto de su vida privada, bienes que considera del máximo valor y que forman parte del patrimonio natural de las personas. A lo largo del ordenamiento eclesial pueden encontrarse normas destinadas a la protección de ese derecho en el ámbito, por ejemplo, de los procesos judiciales y administrativos, del régimen matrimonial o de los archivos eclesiásticos.

Sobre el fundamento de estos principios vigentes en el Derecho Canónico, se puede seguir desarrollando la protección de la privacidad de las personas en la Iglesia mediante un sistema de normas adaptado a las nuevas circunstancias que plantean los entornos digitales.

Los riesgos que puede generar la acumulación masiva de datos personales por parte de las empresas para fines comerciales y de prestación de servicios han hecho que se incremente la sensibilidad de las personas en esta materia y que se reclamen medidas legales más estrictas para el control de la privacidad. Las entidades de la Iglesia no se dedican, como las empresas comerciales, al tratamiento de datos a gran escala, si bien, en el legítimo desarrollo de algunas de sus actividades institucionales, procedan a la recogida y tratamiento de ciertos datos personales de los fieles y de otras personas que entran en relación con ellas.

La Iglesia católica, en virtud de la autonomía legislativa que le es propia, ha establecido normas oportunas para la garantía de la privacidad de los fieles. Además de las disposiciones del Código de Derecho Canónico, que establece los principios fundamentales válidos para toda la Iglesia, cabe referirse a otros criterios establecidos en el ámbito de la Conferencia Episcopal Española, como los aprobados en la XCVI Asamblea Plenaria, celebrada los días 22-26 de noviembre de 2010, con el título «Orientaciones sobre inscripción de los ficheros de las diócesis y parroquias en el Registro general de Protección de datos», en las que se señalaron unos criterios básicos sobre la materia que pudieran servir de guía para elaborar los correspondientes decretos diocesanos.

Recientemente, la CXI Asamblea Plenaria de la Conferencia Episcopal Española, celebrado los día 16 a 20 de abril de 2018, ha aprobado un Decreto General sobre la Protección de datos de la Iglesia católica en España.

Teniendo en cuenta todo lo anterior,

DECRETO

1) Se establece en la diócesis de Cartagena el oficio de Delegado diocesano de Protección de datos.

2) El ámbito de actuación del Delegado diocesano de Protección de datos se extiende a las actividades institucionales de la curia diocesana, del seminario y de las parroquias de la diócesis [1].

3) La competencia del Delegado diocesano de Protección de datos alcanza a la recogida y tratamiento de datos personales de los fieles y de otras personas que mantengan relación con las entidades a las que se extiende su actuación.

4) Las funciones del Delegado diocesano de Protección de datos son las siguientes:

a) Velar por el cumplimiento de las disposiciones canónicas sobre la materia y garantizar que nada de lo que se realice resulte contrario a las normas vigentes en el ordenamiento español.

b) Autorizar en cada caso los procedimientos que los responsables y encargados de ficheros o de tratamiento de datos se propongan llevar a cabo.

c) Elaborar y mantener actualizado el registro de actividades de tratamiento de datos establecido en cada una de las entidades a las que se extiende su competencia.

d) Elaborar la evaluación del impacto de los diversos procesos de tratamiento de datos que se realicen en el ámbito de su competencia.

e) Procurar la formación específica en la materia de quienes se ocupen, en virtud de cualquier título, de manejar ficheros o desarrollar procedimientos de tratamiento de datos en el ámbito de su competencia.

5) Tengo a bien nombrar al Sr. D. Fernando Andreu Royo, Responsable diocesano de Protección de datos de la diócesis de Cartagena.

En Murcia, a 20 de septiembre de 2018

lorca_planes_firma✠ JOSÉ MANUEL LORCA PLANES
OBISPO DE CARTAGENA EN ESPAÑA

Por mandato de S.E.Rvdma.

TOMAS CASCALES COBACHO, PBRO.
CANCILLER-SECRETARIO GENERAL

 


[1] Las circunstancias de la diócesis son en la práctica muy diversas. Queda al juicio prudencial del Obispo la decisión sobre la extensión de la competencia del Delegado de Protección de datos sobre las entidades de ámbito diocesano (colegios diocesanos, hospitales, residencias de mayores, etc.).

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