Rescripto del Santo Padre por el que se establecen dos secretarios adjuntos en la Sección para la primera evangelización y las nuevas Iglesias particulares del Dicasterio para la Evangelización

DICASTERIO PARA LA EVANGELIZACIÓN

SECCIÓN PARA LA PRIMERA EVANGELIZACIÓN
Y LAS NUEVAS IGLESIAS PARTICULARES

RESCRIPTUM EX AUDIENTIA SS.MI

En la audiencia que se me concedió con motivo de la necesidad de poner en práctica la nueva Constitución apostólica Praedicate Evangelium con referencia a la organización del recién constituido Dicasterio para la Evangelización y a las disposiciones particulares relativas, por una parte, a la gestión de las Obras Misionales Pontificias (art. 67) y, por otra parte, a la administración de los bienes destinados a las misiones (art. 68),

el SANTO PADRE

aclaró y ordenó que la Sección para la primera evangelización y las nuevas Iglesias particulares del Dicasterio para la Evangelización tengan dos secretarios adjuntos:

(a) el primero, en calidad de Presidente de las Obras Misionales Pontificias, encargado de gestionar los subsidios económicos destinados a la cooperación misionera y a su equitativa distribución;

(b) el segundo, en calidad de Director de la Oficina especial del Dicasterio encargada de la administración del patrimonio destinado a las misiones.

Ambos dependerán directamente del Pro-Prefecto de la Sección para la primera evangelización y las nuevas Iglesias particulares del Dicasterio para la Evangelización quien tiene asignada la representación del Dicasterio en los asuntos económicos.

Vaticano, 1 de agosto de 2022

Luis Antonio G., Card. Tagle
Pro-Prefecto

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